OBLIGACION DE LAS EMPRESAS DE LLEVAR LIBROS ELECTRONICOS
Desde el 01 de enero del 2015, es obligatorio de usar los libros electronicos para las empresas que en el ejercicio 2014 hayan tenido ingresos de S/. 285,000, y que no se hayan afiliado al sistema virtual y que pertenezcan al regimen general o especial del impuesto a la renta y tener el RUC en condicion de activo. Para efectos de incorporarse al Sistema de Libros Electronicos (SLE) , los contribuyentes que hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT en el ejercicio 2014, se encuentran obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingreso y el Registro de Compras de manera electronica , por lo que se deben cerrar los registros llevados en forma manual o en hojas sueltas o continuas hasta el período diciembre de 2014 previo registro de lo corresponda anotar en estos.
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